Un comentario a un post que lei,cuando hacemos la contrataciòn de una conexion ADSL y la efectuamos via telefonica, sabed que antes de darnos de alta el proovedor debe de remitirnos un ejemplar del contrato y debemos de debolverselo firmado para que nos den de alta.Bien,normalmente casi todos pasan de este pequeño detalle,pues bien sabed que la ley 26/1991 de 21 de Noviembre que dispone sobre los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles,
obliga a los proovedores a remitir copia del contrato al consumidor,sin este requisito,no se dara este por valido.
Un saludo
Me das una alegria con esa noticia porque Telefonica me acaba de estafar miserablemente y si existe esa ley tengo esperazas.
Yo accedi a contratar una linea Adsl con telefonica por telefono y me efrecieron todo lo necesario para su instalación de modo gratuito y cual es mi sorpresa cuando me llega una factura en la que me cargan Router ,instalacion (que hice yo) y otros conceptos que sigo sin tener muy claros.
Esa ley esta muy bien puesto que con estos sinverguenzas de palabra no se puede contratar nada.
Ademas estan obligados a grabar las conversaciones que tengan caracter contractual y no lo hacen ,así que luego te encuentras con que no tienes manera de demostrar nada.
de Kyamorke@hotmail.com ya tengo demandada a auna en consumo de San Sebastian de los reyes por este mismo detalle del contrato y todavía no me han mandado el contrato ni una terminal inambrica Motorola que regalaban bueno y consumo sin arreglarlo claro.