La retroactividad del canon digital

Hasta 31 millones de euros
calculan los fabricantes que puede costarles el retraso, por parte
del Gobierno, en establecer la cuantía detallada del canon
digital.

El motivo es simple, si vemos
las fechas de cada una de las fases del proceso. El día 29
de julio de 2006 entró en vigor la Ley de
Propiedad Intelectual
que impone el pago de este canon. A fecha
de hoy, aun no se ha cuantificado la tasa que pagará
cada soporte de pirateo masivo (recordemos que son considerados como
tales teléfonos móviles, tarjetas de memoria de cámaras
fotográficas, en fin, todo lo que habitualmente, por su
idoneidad, usamos para escuchar a Bisbal), ni si algún
dispositivo concreto se va a escapar de la quema. Todo esto debería
haber quedado decidido el día 27 de marzo de
2007.
El problema, un problema de 31 millones
de euros, lo tienen ahora los fabricantes y distribuidores. Al no
estar aun estipulado el sobreprecio que habrá que abonar, no
se puede aplicar. Actualmente tienen que vender “sin canon”.
No obstante, la LPI establece que es de carácter
retroactivo, o dicho claramente, que en cuanto se establezca
el canon, la SGAE reclamará, y habrá que
pagárselo, la totalidad de lo aplicable a todo lo vendido
desde julio de 2006. Tenemos un desfase, actualmente, de 8 meses,
y sigue aumentando.

La ministra de cultura, divina
inocencia, afirma que todos estos importes, los retroactivos y los
que se establezcan, los abonaran las industrias, y que eso no
tiene porqué afectar a los consumidores. Recomendamos
encarecidamente a la señora ministra que deje de ver «Los
mundos de Yupi
«.

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