Se va concretando la postura de la CMT
en la cuestión del cableado de fibra óptica en el
interior de los edificios, tema sobre el que ya abrió
consulta a final del pasado octubre.
En España solo el 15%
de los edificios, los construidos después de 1998,
cuentan con Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones, es
decir, están preparados para poder conectar a cualquier vecino
desde un panel central. Para todos los demás se hace
imprescindible el cablear el edificio entero.
Para evitar las lógicas
reticencias de los vecinos a que haya obras en los pasillos cada vez
que uno de ellos contrate una conexión a Internet por fibra,
los elevados costes para las operadoras y que se monopolicen
edificios enteros por parte de la compañia que primero los
cablee, la CMT obligará
a alquilar estos tramos interiores a la competencia.
Se podrán establecer
negociaciones entre operadoras en base de cesiones reciprocas,
simplemente alquilar por un determinado precio o lo que quieran. El
caso es que deben llegar a un acuerdo en un plazo de cuatro meses
a contar desde que se solicite el uso de las infraestructuras.
Si no llegan a un acuerdo en ese plazo,
la CMT intervendrá para garantizar que toda operadora
pueda usar la fibra ya tendida sin necesidad de meter tramos
paralelos.
A ver si lo he entendido bien:
– Mi vecino contrata un acceso con fibra al operador A. Como es el primero, el operador A cablea todo mi edificio.
– Unos meses más tarde yo decido contratar otro pero elijo hacerlo con el operador B. El operador A y el operador B se tienen que poner de acuerdo en lo que le va a costar al operador B usar la fibra que puso desde el portal hasta mi casa el operador A. ¡Y tienen cuatro meses para ponerse de acuerdo! 😮
– Y si después de cuatro meses esperando mi conexión estos no se ponen de acuerdo, el operador B tendrá que elevar una reclamación a la CMT y esperar a que esta decida ¡Y todo ese tiempo yo estoy sin mi conexión!.
Cuatro meses más lo que tarde la CMT en resolver el conflicto podrán fácil seis o siete meses de espera :'(
¡Y nos quejábamos por los 15 días de plazo legal que tiene ahora el dueño de un acceso ADSL para liberarlo cuando el cliente se va a otra compañía!